El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela advirtió que ejercerá las competencias correspondientes a la Asamblea Nacional (AN) de ese país, mientras ese órgano se mantenga en situación de “desacato”.
“Se advierte que mientras persista la situación de desacato y de invalidez de las actuaciones de la Asamblea Nacional, esta Sala Constitucional garantizará que las competencias parlamentarias sean ejercidas directamente por esta Sala o por el órgano que ella disponga, para velar por el Estado de Derecho”, se lee en una sentencia emitida el miércoles.
Freddy Guevara: “Marca un punto de no retorno de la dictadura”.
La oposición venezolana ha criticado duramente la sentencia y la ha calificado de “inconstitucional”.
“Esta no es una sentencia más, es una sentencia que marca un punto de no retorno de la dictadura que requiere de todos nosotros, pueblo, organizaciones de la sociedad civil, partidos y sobre todo los diputados, iniciar un nuevo proceso de movilización y resistencia democrática para enfrentar esta arremetida y recuperar el terreno perdido”, dijo Freddy Guevara, primer vicepresidente de la AN.
Legisladores indígenas
La situación de desacato fue dictada por el propio TSJ tras la decisión del Poder Legislativo venezolano de incorporar en agosto de 2016 a tres diputados cuya elección fue impugnada poco después de las elecciones parlamentarias de diciembre de 2015.
Los legisladores indígenas Julio Ygarza, Nirma Guarulla y Romel Guzamana fueron electos por el estado Amazonas en los comicios en los que la oposición recuperó la mayoría en la Asamblea tras más de una década dominada por el oficialismo.
En agosto de 2016, el TSJ de Venezuela declaró como carente de “validez, existencia y eficacia jurídica” la juramentación de los tres diputados de la oposición y su incorporación al parlamento por considerarla una “violación flagrante del orden público constitucional”.
Desde entonces, ha considerado que todas las decisiones de la AN son nulas.
Romel Guzamana en la Asamblea Nacional.
Empresas mixtas
Por otra parte, el fallo señala que el gobierno de Nicolás Maduro está facultado para constituir empresas petroleras mixtas.
“No existe impedimento alguno para que el Ejecutivo Nacional constituya empresas mixtas en el espíritu que establece el artículo 33 de la Ley Orgánica de Hidrocarburos”, dice el texto.
Esta es la primera vez que el máximo tribunal asume expresamente las competencias del Poder Legislativo en Venezuela.
Esta previsto que la directiva de la Asamblea Nacional fije posición oficial sobre la sentencia del TSJ este jueves, según anunció el presidente del órgano, el diputado opositor Julio Borges.